Una Mirada desde La Mesa de Comunicación popular de Salta y Jujuy.

Por Germán Banek

10 de Diciembre de 2015. Mauricio Macri asume la presidencia de la Nación, luego de derrotar al FPV en segunda vuelta, con una coalición formada por el PRO, la Unión Civica Radical, denominada Cambiemos

11 de Diciembre de 2015. A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) se modifica la Ley de Ministerios, creando la cartera de Comunicaciones, que queda a cargo del dirigente radical de la Provincia de Córdoba, Oscar Aguad. En dicha norma, se establece que los organismos descentralizados Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) y Autoridad Federal de Teconolgias de la Información y las Comunicaciones (Aftic) pasan a depender del Ministerio de Comunicaciones, abandonando la órbita de Presidencia de la Nación. En el DNU 13/15 también se crea el Sistema Federal de Medios Públicos, que dependerá de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, a cargo de Hernán Lombardi. De esta manera, se modifica sustancialmente el Capitulo I de la Ley 26.522, con el se regula la Autoridad de Aplicación como el Titulo VII que regula los Servicios de radiodifusión del Estado Nacional.

23 de Diciembre de 2015. El Boletin Oficial publica el Decreto simple 236/15 en el que se dispone la intervención por 180 días del Afsca, desconociendo el tiempo de mandato y el procedimiento de remoción de los directores del organismo, previsto en el artículo 14 de la LSCA. Al mismo tiempo, le quita dicha potestad al Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (Cofeca), en el que están representados las provincias y CABA, prestadores privados, prestadores sin fines de lucro, medios de universidades nacionales, universidades nacionales con carreras de comunicación, medios públicos de todas las jurisdicciones, organizaciones sindicales de trabajadores de medios, entidades gestoras de derechos y Pueblos Originarios (Art. 15 y 16 de la LSCA). El presidente del directorio del AFSCA, Martín Sabbatella, recurrió a la justicia para denunciar la inconstitucionalidad de ambos decretos. Lo mismo ocurre en diferentes juzgados de todo el país.

24 de Diciembre de 2015. Mientras se dirimía la constitucionalidad de los decretos, el interventor designado por el PEN, Agustin Garzon, denunció a los miembros del directorio ante el fiscal Carlos Stornelli (ex jefe de seguridad de Boca, recomendado por Mauricio Macri), quien solicitó al Juez Julian Ercolini el desalojo de las instalaciones del Afsca. El magistrado clausuró la sede del organismo, que dejó de cumplir sus tareas esenciales con sus puertas cerradas.

La Pitajla

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26 de Diciembre de 2015. Se publica una entrevista con Edison Lanza, relator de la OEA para la libertad de Expresión. Allí, Lanza afirma que las modificaciones del PEN se hicieron “sin usar lo que indica la ley, que establecía claramente un mecanismo para la remoción del directorio. Es un camino poco ortodoxo y hoy está cuestionada la legalidad de la decisión. Los estándares internacionales dicen que lo adecuado es tener organismos con autonomía tanto del ejecutivo como de los poderes fácticos, que sean capaces de regular los sistemas de medios de acuerdo a principios de legalidad. Por otra parte, algo en lo que habíamos coincidido todos los relatores de libertad de expresión, de Naciones Unidas y de la OEA, es en que la estructura de AFSCA es uno de los aspectos positivos de la ley.”

30 de Diciembre de 2015. El Jefe de Gabinete, Marcos Peña, el Ministro de Comunicaciones, Oscar Aguad, y el dirigente de la mesa chica del PRO, Miguel de Godoy, anunciaron en conferencia de prensa la firma de un DNU que fusiona AFSCA y AFTIC, creando el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), que será presidido por De Godoy. En el anuncio se informó que se enviaría un proyecto de ley al Congreso, una vez que reanude sesiones, para modificar la norma. “Se terminó la guerra del Estado contra los Medios”, afirmó Peña.

30 de Diciembre de 2015. El juez en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires, Luis Arias, dictó una medida precautelar a favor de la solicitud efectuada por Luis Guerrin, delegado de Afsca en La Plata. En su fallo, obligó al gobierno nacional a retrotraer la situación al 29 de Diciembre de 2015, evitando despido de trabajadores, remoción de funcionarios y otorgamiento de derechos por parte de la intervención. La medida estableció que todo decreto o reglamento que se dicte con posterioridad a la precautelar carece de validez.

4 de Enero de 2016. A pesar de lo establecido por la precautelar del Juez Arias, el PEN publicó en el Boletín Oficial el decreto 267/2015 en el que se disuelven Afsca y Aftic, creando el ENACOM. La norma tiene fecha del 29 de diciembre, con el objetivo de eludir la disposición de la justicia. Alguna de las modificaciones más relevantes a la Ley 26522 son: la ampliación de la cantidad de licencias que puede explotar el mismo actor, la prórroga del plazo de licencias hasta 2029, la quita de todo límite a la explotación de servicios de cable, la posibilidad de la incorporación de servicios de comunicación al mercadod e la telefonía y la conformación del organismo con mayoría absoluta y preponderante del PEN.

7 de Enero de 2016. El juez federal de La Plata Alberto Recondo rechazó un amparo contra la intervención de la Afsca y su traspaso al Ministerio de Comunicaciones. También dejó sin efecto la medida precautelar que había dictado el juez platense Luis Arias, que ordenaba al Ejecutivo que “se abstenga” de tomar decisiones respecto al organismo y a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Recondo afirmó que la creación del Enacom dispuesta el lunes transformó «en abstracta la eventual decisión que quisiera adoptarse respecto de la vinculación de la antigua Afsca y el Ministerio de Comunicaciones».

11 de Enero de 2016. Dos jueces federales de Ciudad de Buenos Aires y San Martín aceptaron, respectivamente, los amparos presentados por una asociación de consumidores y una organización de comunicación popular, dejando interinamente sin efecto los decretos 13/15, 236/15 y 267/15 mediante los cuales el presidente Mauricio Macri intervino la AFSCA, desplazó a su directorio, disolvió el organismo y eliminó los aspectos centrales de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Las medidas significan la suspensión de todo lo actuado por el Ministerio de Comunicaciones, la intervención de AFSCA y el Ente Nacional de Comunicación, en contra de la ley 26.522, tanto en lo que hace a los efectos de esa norma como a los derechos de los empleados y funcionarios desplazados por el macrismo. Los amparos, que incluyen una medida cautelar interina, fueron dispuestos por el juez federal n° 7 en lo Civil y Comercial de CABA Iván Garbarino (en la causa iniciada por la Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y Consumidores – ADDUC) y la jueza federal n° 2 en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, Martina Forns, en la causa promovida por la Cooperativa de Trabajo para la Comunicación Social. “De acuerdo a lo dispuesto por los jueces Garbarino y Forms, AFSCA vuelve a integrarse con el directorio plural que preside Martín Sabbatella, todos los despedidos por la intervención vuelven a sus lugares de trabajo, quedan sin efecto todas las medidas tomadas por la ilegal intervención, se disuelve el ENACOM y se retrotrae todo lo dispuesto por su titular Miguel de Godoy”, explicó el director nacional de Asuntos Jurídicos y Regulatorios de AFSCA Sergio Zurano.

12 de Enero de 2016. En conferencia de prensa, el presidente Mauricio Macri se refirió a las dos cautelares que suspendían los decretos contra la LSCA: “Ya se ha apelado, tengo entendido, y le da carácter suspensivo a las medidas que tomaron los jueces, así que por ahora no tienen aplicación los fallos». Sin embargo, autoridades de ambos juzgados notificaron al interventor Garzón que las cautelares tenían vigencia. Con los fallos en la mano, Sabbatella intentó ingresar en el organismo, lo cual fue impedido por la Policía. Sabbatella denunció al presidente y a otras autoridades por el incumplimiento de fallos de la Justicia. La jueza Forns notificó, además, a las autoridades del Congreso de la Nación sobre la suspensión de los decretos.

13 de Enero de 2016. En las diferentes delegaciones del AFSCA del interior del país, se presentaron los delegados removidos con los fallos en la mano y asumieron nuevamente sus tareas.

14 de Enero de 2016. El juez Garbarino dio lugar a la apelación del PEN, pero sin suspender la vigencia de las medidas cautelares que suspenden los efectos de los decretos. Para evitar que las autoridades repuestas tomen control del organismo, directores que responden a la intervención vacían el edificio amenazando a los trabajadores con despedirlos. La sede del AFSCA queda cerrada con llave y se impide el acceso de los directores repuestos.

15 de Enero de 2016. Luego de numerosas negativas por parte de la Policía, Sabbatella ingresa al organismo a las 13:35. Un par de horas después, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal resolvió hacer lugar a un recurso del Estado Nacional para que el Gobierno pueda seguir adelante con los cambios en la AFSCA. Los jueces Francisco de las Carreras, Guillermo Antelo y Graciela Medina, hicieron lugar a «la queja» del Estado y resolvieron «modificar el efecto con que fue concedida la apelación interpuesta por el Estado Nacional fijando el efecto suspensivo». En su fallo, el juez declaró que la resolución tenía efecto «devolutivo» -es decir que su ejecución no se suspendía mientras el tribunal superior revisara el trámite-.Ahora, los jueces de feria de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal sí le dieron carácter «suspensivo» a la cautelar que, en la práctica, significa que mientras se analiza si corresponde ratificar o no los fallos obtenidos por Sabbatella, el Gobierno de Macri podrá seguir adelante con las modificaciones de la norma. El mismo tribunal que falló en pocas horas a favor del PEN, había mantenido durante cuatro años la medida cautelar que impedía la aplicación de la LSCA al Grupo Clarín.

21 de Enero de 2016. Martín Sabbatella viajó a la ciudad brasilera de San Pablo donde se reunió esta mañana con el comisionado y relator para Argentina de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, Paulo Vannuchi. El encuentro tuvo como fin informar al responsable del seguimiento y evaluación de los temas de Argentina de la CIDH, sobre la situación de gravedad en materia de libertad de expresión que traviesa nuestro país, en un contexto general de avasallamiento a las libertades ciudadanas y a las instituciones de la democracia, desde la asunción de Mauricio Macri. En ese marco, Sabbatella le entregó a Vannuchi una serie de informes y documentaciones sobre el estado actual de la ley, las acciones judiciales que se llevan adelante y los pedidos, a favor de la continuidad de la norma, realizados por distintas rganizaciones de la sociedad civil, sindicatos y universidades de nuestro país que vieron afectados sus derechos.

21 de Enero de 2016. El PEN decidió que los partidos más importantes del Programa Fútbol Para Todos sean transmitidos por Clarín, Telefé y América, relegando a la TV Publica a la emisión de los equipos con menor repercusión. A pesar de que el cambio significará en los hechos que numerosas localidades del interior del país puedan acceder a los partidos de los equipos grandes y que tampoco se podrán ver a través de la plataforma de TDA, el gobierno nacional decidió seguir adelante con esta iniciativa. De esta manera, el Estado venderá los derechos de transmisión del fútbol a los principales conglomerados de medios, sin ningún tipo de licitación, por menos del 10 % de lo que gastó y permitiendo a los medios privados la recaudación de dinero a través de la publicidad.

22 de Enero de 2016. La Sala de Feria de la Cámara de Apelaciones de La Plata declaró nula una sentencia del juez Alberto Recondo que había rechazado un amparo presentado por el removido delegado de Martin Sabbatella en la AFSCA de La Plata, Guillermo Guerin, en contra de los decretos del Gobierno de Mauricio Macri que resolvieron la intervención de la AFSCA y AFTIC y su posterior disolución. En un fallo del día de hoy, los camaristas Roberto Lemos Arias y César Alvarez cuestionaron la sentencia de Recondo por no haber ni siquiera considerado los fundamentos de Guerín y haber rechazado el amparo de manera apresurada y arbitraria, violando el debido proceso y la garantía de defensa del funcionario desplazado de su cargo por la intervención. Asimismo, por entender que el juez ya había prejuzgado sobre el fondo de la cuestión a resolverse, los camaristas decidieron quitarle la causa y enviarla al juzgado de feria actualmente de turno, a cargo del juez Adolfo Ziulu, quien deberá resolver sobre la validez o nulidad de los decretos que establecieron la intervención de la AFSCA y su posterior disolución.

22 de Enero de 2016. La Cámara Federal de Mar del Plata habilitó el tratamiento de un planteo contra el decreto 267/15, el que modificó aspectos esenciales de la Ley Audiovisual a favor de Clarín, lo que significa que examinará si es o no constitucional. Este caso se originó en una presentación de Osvaldo Francés como integrante de ARBIA, quien cuestionó la eliminación de AFSCA y el CoFeCA y su reemplazo por un organismo a merced del Ejecutivo macrista y, también, el hecho de que el gobierno legisle por decreto en lugar de apelar al Congreso. La Cámara no se pronuncia sobre la cuestión de fondo. Dijo: “Si esa afectación se encuentra dentro de los carriles constitucionales o no, será objeto de análisis oportunamente”, pero lo que no se puede discutir, aclara, es la legitimidad de Francés para pedir el amparo, que había sido rechazado de plano y automáticamente por el juez federal 4, Alfredo López.

22 de Enero de 2016. La modificación de la Ley Audiovisual por decreto y la ruptura que esa reforma impuesta por el gobierno causa con los estándares internacionales de libertad de expresión serán examinadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, a raíz de una gestión de la Defensoría del Público. Edison Lanza, Relator Especial de Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y el secretario ejecutivo del organismo, Emilio Álvarez Icaza Longoria, recibieron el viernes 22 a la Defensora del Público, Cynthia Ottaviano. El organismo informó que la reunión duró una hora y media y que la Defensora presentó documentación, como los sucesivos pronunciamientos de sindicatos, universidades, organizaciones de radios comunitarias y de comunicadores, de pueblos originarios y diversidad de género, músicos y actores, entre otros, todos contrarios a los decretos del gobierno y defensores de la circulación libre de información y opinión.“Hemos podido plantear la ilegitimidad de los decretos de necesidad y urgencia como herramienta para modificar una ley de comunicación que fue debatida y consensuada por todos los poderes de la Argentina”, declaró Ottaviano. Agregó que Lanza y Longoria le anunciaron que transmitirán a la Comisión la situación creada por el gobierno.

29 de Enero de 2016. El Grupo Clarín adquirió el 100 por ciento de las acciones de Nextel, lo que le permite expandirse aun mas en el mercado de las telecomunicaciones. Con un comunicado a la Bolsa de Comercio, el multimedio informó que pagó 85 millones de dólares por el 51 por ciento de los papeles. En septiembre del año pasado había desembolsado, a través de Cablevisión, otros 80 millones de dólares. El Grupo Clarín pudo concretar la operación luego de que el macrismo allanara las limitaciones que presentaban tanto la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual como la norma que regula las TIC. Ambas leyes fueron modificadas por el decreto 267 firmado a fines del año pasado. Ahora, el desafío del Grupo será conseguir una red donde poder montar servicios 4G. Si lo quiere hacer por Nextel, el proceso de inversión le demandará tres años. En cambio, otro camino podría ser a través de Telecom, de la mano de David Martínez, socio de Cablevisión.

29 de Enero de 2016. La Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dio a conocer un fallo en el que hace lugar a una medida cautelar, solicitada por nueve trabajadores de AFSCA cesanteados tras la intervención del organismo. La resolución judicial le ordena a AFSCA – ENACOM reincorporar a los trabajadores por considerarlos despedidos por razones discriminatorias. La orden deberá ser cumplida en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de aplicar al organismo una multa de $3.000 diarios por cada uno de ellos, luego del tercer día de no haber sido reintegrados en sus puestos. Los Jueces de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de Feria dispusieron, además, declarar la competencia del Fuero Nacional del Trabajo para entender en la causa, revocando el pronunciamiento de la jueza de Feria Laboral de Primer Instancia.

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