Musica
Independiente

La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (Nº 26.522/09 – Art. 65) prevé para las radios algunas pautas de programación en relación a la música:

  • El 30% de la música debe ser de origen nacional
  • El 50% de la música de origen nacional debe ser música producida de forma.

Se considera música independiente cuando el autor y/o intérprete ejerce los derechos de comercialización de sus propios fonogramas/master de grabación.

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